Nuevo procedimiento de ARCA para evitar denuncias penales por deudas tributarias - Ley de Inocencia Fiscal

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ARCA establece nuevos procedimientos para cancelación de deudas tributarias

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha aprobado los nuevos procedimientos para que los contribuyentes puedan evitar una denuncia penal o extinguir la acción penal si cancelan sus deudas tributarias, en conformidad con la Ley 27.799, también conocida como ley de Inocencia Fiscal. Esta medida, oficializada mediante la Disposición 125/2026 y firmada por el director ejecutivo del organismo, Andrés Edgardo Vázquez, busca adecuar los procesos administrativos a las modificaciones introducidas por la nueva ley.

Extinción de la acción penal mediante el pago total de deudas

La ley de Inocencia Fiscal establece que para extinguir la acción penal, el contribuyente debe aceptar y cancelar en forma incondicional y total las obligaciones evadidas, los beneficios aprovechados indebidamente, sus intereses, y un importe adicional equivalente al 50% de la suma de estos conceptos. El procedimiento se aplica en diferentes etapas, y en caso de conformarse un ajuste de fiscalización que supere los montos establecidos como delito tributario, el área jurídica de ARCA analizará el caso.

¿Qué sucede si el contribuyente no se acoge al beneficio?

Si el contribuyente decide no acogerse al beneficio, ya sea por rechazo expreso o por no presentar el formulario en un plazo de 20 días hábiles, ARCA procederá a formular la denuncia penal. Sin embargo, el contribuyente conservará el derecho a utilizar el beneficio en sede judicial. En caso de que un juzgado solicite información, el organismo verificará que se hayan cancelado las obligaciones y el adicional del 50%.

Nuevos supuestos en los que no se formulará denuncia penal

La disposición también regula los nuevos supuestos en los que ARCA no formulará denuncia penal, teniendo en cuenta elementos como el resultado de la inspección y los informes técnicos sobre los ajustes. Se evaluará si el contribuyente explicó de manera fundamentada su criterio técnico o contable para liquidar el impuesto y si presentó sus declaraciones juradas antes de ser notificado de una fiscalización.

Entrada en vigor

La norma derogó disposiciones anteriores y entró en vigor desde este miércoles, estableciendo un nuevo marco para la cancelación de deudas tributarias y la extinción de la acción penal en casos de evasión fiscal.

Resumen de la noticia


    • La ARCA aprobó nuevos procedimientos para que los contribuyentes puedan evitar una denuncia penal o extinguir la acción penal al cancelar sus deudas tributarias.
    • La medida se oficializó mediante la Disposición 125/2026 y se adecua a los cambios introducidos por la Ley 27.799, conocida como ley de Inocencia Fiscal.
    • El contribuyente debe aceptar y cancelar en forma incondicional y total las obligaciones evadidas, intereses y un importe adicional del 50% para extinguir la acción penal.
    • Si el contribuyente se acoge al beneficio y cancela la totalidad de lo adeudado, ARCA le notificará en su Domicilio Fiscal Electrónico sobre el derecho al beneficio, sino habrá denuncia penal.
    • La nueva normativa establece supuestos en los que ARCA no formulará denuncia penal, basados en criterios técnicos, contables y el cumplimiento de ciertas condiciones.

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