La importancia del afecto y la crianza en la identidad familiar: el caso de un niño de 5 años y su padre socioafectivo

RAWSON 31 AGOSTO

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La jueza de Familia ratifica la importancia del vínculo socioafectivo en la identidad de un niño

En una decisión clave, la jueza de Familia de Rawson consideró determinante el testimonio de un niño de cinco años en un caso de filiación. El niño, que no reconocía a su padre biológico, identificaba como su figura paterna al hombre que lo crió y sostuvo económicamente desde su nacimiento.

La identidad humana va más allá de la genética

La jueza Daniela Pino dejó en claro que la identidad de un individuo no se limita a la genética, sino que también se construye a través del afecto, el cuidado y el proyecto de vida familiar. En este caso en particular, el padre de crianza se convirtió en la figura paterna de referencia para el niño, brindándole amor, cuidado y contención emocional.

La importancia de preservar la estabilidad emocional del menor

Ante la posibilidad de desplazar al padre socioafectivo para imponer la paternidad de un progenitor biológico, la jueza determinó que esta acción generaría un daño irreparable en la estabilidad emocional del menor. Por ello, se resolvió no innovar en la filiación del niño en este momento de su vida, dejando abierta la posibilidad de que, en el futuro y cuando el niño sea lo suficientemente maduro, pueda decidir sobre su identidad biológica de manera libre y soberana.

La filiación social por encima de la genética

El fallo de la jueza se sustentó en la idea de la “desbiologización de la filiación”, priorizando la importancia de la filiación social por sobre la genética. Se destacó que el lazo existente entre el niño y su padre de crianza es verdadero y significativo, y que desplazarlo en favor de la paternidad biológica podría causar un perjuicio emocional al menor.

Un camino de acompañamiento y respeto

La decisión judicial instó a la madre a garantizar el derecho del niño a conocer sus orígenes biológicos, sugiriendo el inicio de un acompañamiento terapéutico. Una vez que el niño alcance la madurez suficiente, será él quien decida sobre su identidad genética, en un claro ejemplo de respeto a la individualidad y autonomía del menor.

Resumen de la noticia


  • La jueza de Familia consideró clave el testimonio de un niño de cinco años que no reconocía a su padre biológico, y determinó que desplazar al padre de crianza generaría un daño irreparable en su estabilidad emocional.
  • El fallo ratifica que la identidad humana no se define únicamente por la genética, sino por la construcción diaria del afecto, el cuidado y el proyecto de vida familiar.
  • La historia de la pareja muestra que el padre de crianza asumió plenamente el rol de padre, a pesar de no ser el progenitor biológico, y mantuvo una relación sólida y afectuosa con el niño.
  • La jueza ordenó a la madre garantizar el derecho del niño a conocer sus orígenes mediante un espacio terapéutico guiado, y que sea él quien decida sobre su identidad biológica en el futuro.
  • El fallo se basó en la idea de la desbiologización de la filiación, priorizando el interés superior del menor y reservando su derecho a reclamar su filiación genética en el futuro.

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